ANTECEDENTES
1- El vigente Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, aprobado definitivamente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 14 de marzo de 2002 (Texto Refundido aprobado el 6 de junio de 2002 y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 157 de 4 de julio de 2002) prevé en su Memoria la necesidad de ejecutar una obra de infraestructura de saneamiento que dé servicio a los nuevos desarrollos urbanísticos del municipio; constituyendo dicha obra de infraestructura como fundamental y necesaria para la viabilidad del desarrollo urbanístico del municipio, especialmente respecto de los suelos urbanizables y de otras piezas de nueva urbanización clasificadas como suelo urbano a desarrollar en unidades de ejecución.
2- Con objeto de gestionar la ejecución de esta infraestructura, en el mes de noviembre de 2002 fue constituida la Mancomisión Gestora para la Elaboración, Desarrollo y Ejecución del Colector Interceptor de Pozuelo de Alarcón, integrada por las Comisiones Gestoras de los sectores afectados por dicha infraestructura.
El 12 de noviembre de 2007 se suscribió un Convenio entre la Mancomisión y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, por el que se regulaba el procedimiento de planeamiento y ejecución de las obras del Colector- Interceptor.
3- En cumplimiento de lo estipulado en el Convenio, la Mancomisión redactó un Plan Especial, cuyo objeto era la determinación, tanto del trazado del Colector- Interceptor, como las cuotas que cada Sector/Ámbito afectado debía afrontar para el pago de los gastos de ejecución.
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón el 26 de abril de 2010 aprobó definitivamente el indicado Plan Especial y fue publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 123 de 25 de mayo siguiente.
Como consecuencia de la resolución de los recursos interpuestos contra el referido acuerdo municipal y en cumplimiento de las sentencias dictadas al efecto, se redactó el documento de Adaptación del Plan Especial del Colector-Interceptor de Pluviales de Pozuelo de Alarcón, mediante la determinación justificada de los coeficientes de participación del Ayuntamiento y de los ámbitos afectados, en los costes de ejecución Colector-Interceptor de pluviales de Pozuelo de Alarcón; aprobándose definitivamente por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en 16 de febrero de 2.017; acuerdo que fue publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 136 de 9 de junio de 2.017.
4- La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón aprobó definitivamente, en sesión de 6 de marzo de 2013, los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora para la Conservación y Ejecución del referido Colector-Interceptor de Aguas Pluviales; la cual se constituyó mediante escritura pública otorgada el día 11 de junio de 2013, ante el Notario de Madrid, D. José Periel Martín, con el número 1454 de su protocolo.
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en sesión de 23 de diciembre de 2013, aprobó la Constitución de la Entidad Urbanística Colaboradora para la ejecución del Colector-Interceptor de aguas pluviales; entidad que se subrogó en los derechos y obligaciones de la Mancomisión.
5- La indicada Entidad Urbanística Colaboradora de Pozuelo de Alarcón es una entidad de carácter urbanístico y naturaleza administrativa, con personalidad jurídica propia y plena capacidad legal desde su inscripción en 26 de febrero de 2014 en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y de conformidad a sus Estatutos, estará compuesta por todas las entidades urbanizadoras formalmente constituidas para el desarrollo de sus respectivos ámbitos (Juntas de Compensación o sociedades mercantiles constituidas al efecto) o, en su caso, por el propietario único del ámbito. También podrán incorporarse a la E.U.C. potestativamente las comisiones gestoras que agrupen a los propietarios de más del 50% de la superficie de su respectivo ámbito.
6- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de fecha 11 de julio de 2.018 se aprobó definitivamente, con las condiciones que en el mismo constan, la Adaptación del Proyecto de Construcción del Colector-Interceptor de Pluviales de Pluviales de Pozuelo de Alarcón a los informes emitidos por la Confederación Hidrográfica del Tajo de 7 de abril de 2014 y 10 de octubre de 2016; insertándose anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 190 de fecha 10 de agosto de 2.018 y en el Diario La Razón el día 2 de agosto anterior.
7- El Consejo Directivo de la Entidad Urbanística Colaboradora, en sesión de 14 de diciembre de 2.018, aprobó el Texto Actualizado del Pliego de Condiciones para la licitación de las obras de ejecución del Proyecto del Colector-Interceptor de Aguas Pluviales de Pozuelo de Alarcón; siendo ratificado el mismo por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en sesión celebrada en 2 de octubre de 2.019.